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BASES QUE REGULAN EL CIRCUITO POP-ROCK DE ANDALUCÍA
Primero. Finalidad.
El Instituto Andaluz de la Juventud de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, dentro del Programa “DESENCAJA”, en colaboración con la Empresa de Gestión de Programas Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, con el objetivo de convocar la selección de los grupos de pop-rock de Andalucía cuya promoción resulte de interés cultural, promoviendo su difusión tanto en las Salas de Música de Andalucía, como en Festivales de música Pop-Rock y circuitos institucionales de promoción de la actividad musical, convoca el Circuito Joven Pop-Rock de Andalucía.
Segunda. Participantes.
Podrán participar en esta convocatoria grupos de jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:
- Que el grupo esté integrado por un máximo de seis componentes.
- Que las edades de al menos el 50% de sus componentes estén comprendidas entre los 15 y 30 años, al finalizar el plazo de inscripción.
- Que al menos el 50% de sus componentes hayan nacido o residan en la Comunidad Autónoma Andaluza, o bien que desarrollen su trabajo musical dentro de Andalucía, o sean miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía y oficialmente reconocidas por el Gobierno Andaluz. En caso de que los solicitantes se presenten como persona jurídica, se exigirá que el domicilio social radique en territorio andaluz.
- Que compongan e interpreten temas inéditos y originales de Rock en cualquiera de sus variantes, quedando excluido cualquier estilo musical que sea objeto de otras convocatorias del Instituto Andaluz de la Juventud o de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía
- Que no hayan resultado premiados en pasadas convocatorias del Certamen Andaluz de Rock ni del Circuito de Pop-Rock de Andalucía.
Tercera. Inscripción, lugar y plazo de presentación.
1. Para participar, la persona que actúe como representante del grupo deberá cumplimentar el boletín de inscripción conforme al modelo que se recoge en el Anexo II de la presente Resolución, y en el que deberán completar los apartados 1. (Datos del/de la participante o representante del grupo), 2. (Circuito Joven Pop-Rock de Andalucía) y 3. (Lugar, fecha y firma); y dirigirlo al Ilmo./a Sr./a Director/a General del Instituto Andaluz de la Juventud.
2. Dicho boletín de inscripción, una vez cumplimentado, deberá presentarse junto con la documentación que se relaciona en la base cuarta, en cualquiera de los siguientes lugares:
- Preferentemente, en los registros de las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, las cuales se relacionan en el Anexo IV de esta Resolución.
- En el Registro General del Instituto Andaluz de la Juventud, sito en calle Muñoz Olivé, 1. 3ª Planta (41001) Sevilla.
- En los restantes lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El plazo de presentación de los boletines de inscripción, acompañados de la documentación que se relaciona a continuación, finalizará el día 30 de junio de 2009.
Cuarta. Documentación.
Junto al boletín de inscripción deberá presentarse la siguiente documentación:
- Grabación en CD de un máximo de tres temas, con la mejor calidad posible y con una duración máxima de 10 minutos en total. En la carátula del CD deberán aparecer indicados los títulos de las obras, el autor/autores de cada composición original y los músicos e instrumentos que interpretan dicha obra.
- Autorización del autor o representante legal de la Sociedad General de Autores y Editores o entidad de gestión que corresponda, para la interpretación de la obra presentada.
- En caso de ser Persona física: Fotocopia del DNI del solicitante, junto con el de todos los componentes del grupo.
- En caso de tratarse de Persona jurídica: DNI del representante legal y documento acreditativo de su apoderamiento.
- En caso de ser Representante artístico (manager): documento acreditativo de su representación junto con la autorización expresa de todos los miembros del grupo.
- En el caso de no ser andaluz, documento que acredite ser residente en Andalucía (certificado de empadronamiento).
- Currículo artístico con una extensión máxima de mil caracteres y fotografía reciente del grupo o solista, así como el material documental que se estime oportuno. Esta documentación se presentará tanto en papel como en soporte informático (CD o pen drive).
- Autorización al Instituto Andaluz de la Juventud y a la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales para que la participación en el Circuito Joven Pop-Rock de Andalucía pueda ser emitida por cualquier medio audiovisual en directo o en diferido, firmada por el representante del grupo, según modelo que se adjunta a esta Resolución como Anexo III.
- Autorización al Instituto Andaluz de la Juventud y a la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales para la publicación, reproducción o distribución de los temas presentados al Circuito con renuncia expresa a cualquier tipo de reclamación que pueda derivarse y en los términos exigidos en el Real Decreto Legislativo
1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, firmada por el representante del grupo, según modelo que se adjunta a esta Resolución como Anexo III.
- De conformidad con lo establecido en los artículos 323 del Código Civil y 44 de la Ley de Propiedad Intelectual, en el caso de menores de edad no emancipados legalmente, autorización del padre, madre o tutor/a legal para la participación en este certamen así como para cualquier otra cuestión relacionada con el mismo.
- Para los miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, fotocopia del DNI o pasaporte de los participantes y certificación del órgano correspondiente de la entidad acreditativa de la pertenencia de la persona solicitante a la misma.
La participación en este certamen implica la total aceptación de todas sus bases.
Si a los 3 meses no se solicitase la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción.
Quinta. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Sexta. Procedimiento de selección.
El Certamen constará de dos fases:
a) Fase de selección: Un Jurado nombrado al efecto y compuesto por cinco profesionales del mundo de la música de reconocido prestigio, seleccionará de entre los inscritos seis grupos que actuarán en la fase final del Certamen. En el caso de que algunos de los grupos presentados incluyan en su formación algún intérprete común, el Jurado lo tendrá en cuenta procurando evitar duplicidades en la selección.
El resultado de esta selección será notificado a los grupos seleccionados, a la dirección recogida en su solicitud.
Asimismo, dicho resultado se hará público mediante su inclusión en la página web de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales (http://www.epgpc.es) y en la página web del Instituto Andaluz de la Juventud (http://www.andaluciajunta.es/patiojoven).
b) Fase final: La fase final, organizada conjuntamente por la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales y el Instituto Andaluz de la Juventud, se desarrollará en el Puerto de Santa María (Cádiz) en el marco del Festival “Monkey Week” que tendrá lugar del 9 al 12 de octubre de 2009. Cada actuación será de 60 minutos como máximo, incluyendo en la interpretación los mismos temas que se enviaron para participar en este Circuito y por las mismas personas que grabaron el CD presentado al mismo. A la vista y audición de estas actuaciones, el Jurado seleccionará a los dos grupos ganadores del Circuito. Asimismo, el Jurado podrá declarar desierto el premio. El fallo del jurado será inapelable y se comunicará a las personas interesadas dentro de los diez días siguientes al mismo.
Ningún participante percibirá por su actuación en esta final cantidad alguna como honorario.
La organización correrá con los gastos de viaje, alojamiento y manutención de cada grupo asistente a la fase final.
Séptima. Premios e incentivos.
Los grupos ganadores del Circuito obtendrán los siguientes premios e incentivos:
• Grabación y edición de un CD conjunto.
• Entrega de 100 copias de este CD a cada uno de los grupos ganadores.
• La publicidad específica y el diseño del CD a cargo de la organización.
• Participación en un curso de composición y producción musical.
• Gira de actuaciones con un mínimo de 6 conciertos con cada uno de los grupos seleccionados, con presencia en los Ciclos de Pop-rock del Teatro Central ( Sevilla), Teatro Alhambra (Granada) y Teatro Cánovas (Málaga) y en los festivales “Eutopía” (Córdoba) y “Músicas Urbanas Festival” (Huelva).
Para poder realizar dichas actuaciones será necesario que los grupos suscriban con la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales y con el Instituto Andaluz de la Juventud el correspondiente contrato de representación pública.
Para ello los grupos actuarán bien a través de un representante legal (profesional autónomo o empresa/agencia de representación) bien en nombre propio. En este último caso, para poder suscribir directamente el mencionado contrato, el grupo deberá adquirir personalidad jurídica propia y darse de alta en el epígrafe correspondiente, como empresa profesional del sector.
Para poder llevar a cabo la contratación para la actuación en estos festivales, los grupos ganadores tendrán que suscribir los correspondientes contratos de representación pública, para lo que deberá mantener los requisitos establecidos en el apartado anterior que se dan aquí por reproducidos. La no presentación de dicha documentación en el plazo de 15 días naturales convertiría al grupo en no elegible para su participación en el Circuito perdiendo todos sus derechos, y pasando éstos al siguiente grupo en la clasificación del jurado.
a) Actuación mediante representante legal:
- En el caso de Persona física (profesional autónomo): DNI del representante y documento que acredite su representación del grupo (escritura de apoderamiento o contrato de representación o agencia).
- En el caso de Persona Jurídica (empresa / agencia de representación): DNI del representante y documento acreditativo su representación de la entidad (apoderamiento), CIF de la entidad, documento que acredite que dicha entidad tiene la representación del grupo (contrato de representación o agencia) y copia de la Escrituras de Constitución de la Sociedad.
b) En el caso de Actuación en nombre propio: Alta censal de la formación como persona jurídica en el epígrafe correspondiente y CIF de la entidad registrada.
- En ambos casos: Declaración jurada de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía, de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social, así como de no estar incurso en alguna causa de prohibición para contratar con la administración pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, sin perjuicio de su efectiva acreditación en el momento previo a la firma del correspondiente contrato de representación pública.
Cada grupo seleccionado recibirá, previa suscripción del mencionado contrato de representación pública y presentación de la correspondiente factura con los requisitos legalmente establecidos, una cantidad máxima de 2.000 €, IVA incluido, por concierto, en concepto de caché, al cual se practicarán las retenciones que legalmente correspondan.
Los gastos de viaje, alojamiento y manutención que puedan derivarse de la actuación correrán a cargo de los grupos seleccionados.
• Contratación de los grupos ganadores para su actuación en diversos festivales de rock dentro del territorio andaluz.
La contratación de grupos finalistas para estos u otros festivales se regirá por estas mismas bases.
Octava. Modificaciones para la mejora del evento.
La organización se reserva la posibilidad de introducir cambios para la mejora del evento.